marzo 29, 2023
¿Por qué se condenó al M/Y HEUREKA a pagar 4,1 millones de euros?

En una inspección rutinaria de Aduanas en Palma de Mallorca.

(Agosto de 2014) el yate declara tener un registro comercial, por lo que se solicita la siguiente documentación:
Escritura de constitución de la empresa propietaria
Documentación que acredite el pago del IVA
Lista de pasajeros del próximo trayecto

Cuando se entrega la documentación, se proporciona un documento del Tesoro de la Isla de Man (lugar de constitución de la empresa propietaria del yate) del que no se puede deducir el pago del impuesto sobre el valor añadido del barco. Asimismo, se entrega la factura original nº 2014/051 por un importe de 19.464.992,48 €, en la que aparece un IVA aplicado del 0 %.

A pesar del recurso presentado por la embarcación, que justifica la no liquidación del IVA debido a su importación temporal, Aduanas informa que solo las embarcaciones que cumplan con lo siguiente pueden acogerse a la importación temporal (TI):
i) Deben estar registradas en un territorio tercero fuera del Territorio Aduanero Comunitario.
ii) Deben estar registradas a nombre de una persona física o jurídica establecida fuera del Territorio Aduanero Comunitario.
iii) Deben ser utilizadas por personas establecidas fuera de dicho territorio, salvo en casos específicos.

Por lo tanto, se considera que, si la embarcación está registrada a nombre de una entidad establecida en el Territorio Aduanero Comunitario (Isla de Man, en este caso), el régimen de importación temporal no es aplicable en ningún momento.

Cabe señalar que no se trata de un incumplimiento de las condiciones del régimen de importación temporal (TI), sino de la introducción irregular en el territorio aduanero comunitario de una embarcación con bandera extranjera, sin posibilidad de acogerse al régimen aduanero de importación temporal, lo que ha generado la deuda correspondiente del IVA.

Por todas estas razones, en diciembre de 2021, la embarcación M/Y HEUREKA fue sancionada con una multa de 4.139.723,94 euros.

NOTA IMPORTANTE: Aunque la investigación se resolvió en diciembre de 2021, es importante mencionar que las leyes aplicables son las de 2014 (fecha en que se inició la investigación).

Source: https://www.ultimahora.es/noticias/local/2022/02/17/1700661/condena-millones-por-iva-yate-lujo-bandera-islas-caiman.html